Nueva ley de drones en España 2016, ¿realidad o ficción?
Han pasado ya casi dos años desde que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) iniciara los trámites para establecer un marco jurídico en nuestro país donde poder operar de manera legal y segura. Hablamos del Real Decreto de Ley aprobado el 5 de julio de 2014 que regulaba el uso de los drones. Desde entonces, la normativa ha cambiado en algunos aspectos, pero la gran mayoría de poca relevancia.
Muchos medios han escrito sobre inminentes cambios y la entrada de una nueva ley de drones para 2016, después de que la directora de AESA, Isabel Maestre, diera pistas sobre los cambios que se estaban planteando desde la agencia estatal. En Dronair sabemos que la propuesta lanzada por AESA está ya en marcha para su aprobación, aunque esto suponga el retraso de su publicación por varios motivos.
¿Cuáles son los pasos y en qué punto nos encontramos?
- Redacción del nuevo texto normativo. Este punto lo superamos hace algunos meses, como anunciaba la propia Isabel Maestre en la feria Expodrónica en Zaragoza.
- Entrega de la propuesta al Ministerio de Fomento. Estudio del texto y aprobación.
- Entrega de la propuesta a los demás ministerios implicados en esta normativa y aprobación.
- Redacción de la nueva Ley, votación en las Cortes Generales y publicación en el BOE.
Eso significa que la vía más lenta implicaría unos meses más de retraso en la aprobación de la nueva normativa. Otra opción que se baraja es la de realizar el cambio normativo mediante Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros. Esta sería la vía más rápida a día de hoy.
A nivel europeo, EASA establece las normas de seguridad aérea para el común de los países de la Unión Europea, por lo que no es de extrañar que la mayoría de normas de países vecinos compartan muchos puntos de la normativa. Se prevee que haya una harmonización total que regula el uso de drones en pocos años.
¿Qué cambios normativos va a traer la futura aprobación de la Ley de Drones en España?
En Dronair os avanzamos los cambios más relevantes para operadores de drones, fabricantes y clientes:
- Volar en zonas urbanas. Condiciones: Solicitar permiso a la Delegación del Gobierno competente, operaciones con drones de menos de 10Kg, vuelos a un máximo de 100 metros de distancia y 120m de altura y disponer de un mitigador de este riesgo adicional que genera esta nueva situación.
- Volar más allá de línea de vista (BVLOS). Para poder volar el dron sin tener contacto visual directo, deberemos volar un RPA de entre 2kg y 5kg. Esto permitirá realizar una gran cantidad de servicios hasta ahora prohibidos por la legislación actual.
- Volar en espacio aéreo controlado. Esta nueva posibilidad, al igual que el poder volar en zonas urbanas, nos acarrea un riesgo adicional que habrá que estudiar, mitigar en lo posible y presentar mediante un documento de estudio aeronáutico de seguridad a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Este punto es un paso muy importante hacia la conviencia de la aviación tradicional con estos nuevos sistemas tripulados de forma remota.
Una vez más, en Dronair os explicamos la noticia y esperamos que este sector crezca de la manera más segura posible, asumiendo la responsabilidad que nos pertoca como empresa operadora de drones.
¡Seguid atentos a las novedades que os presentaremos en la web y redes sociales!